Desde el Institut Valencià de la Competitivitat Empresarial, (IVACE) se sigue impulsando el aprovechamiento de energías renovable mediante programas de ayuda para extender la explotación de los recursos energéticos sostenibles con el medio ambiente.
A continuación informamos de dos subvenciones aprobadas desde el instituto en esta materia:
PROGRAMA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y BIOCARBURANTES 2021
• DIRIGIDO A: Empresas y entidades de naturaleza pública o privada, incluyendo empresarios individuales.
• ÁMBITO GEOFRÁFICO: Comunitat Valenciana
• ACTUACIONES APOYABLES: Destinado a energía solar fotovoltaica aislada.
- Rango energético de los proyectos: Se apoyarán las instalaciones no conectadas a red con potencia fotovoltaica instalada no inferior a 0,5 kWp y no superior a 500 kWp.
NOTA: Solo podrán acogerse proyectos de fotovoltaica aislados de la red eléctrica y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.
• TIPO DE AYUDA:
- Subvención a fondo perdido de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto.
- Un máximo de ayuda de 200.000 euros por proyecto
• COSTES SUBVENCIONABLES:
- Equipos, montaje e instalaciones necesarias
• PLAZOS
- Fecha presentación solicitudes: Desde el 22 de marzo de 2021 hasta el 21 de mayo de 2021
- Plazo de justificación: hasta el 17 de diciembre de 2021 para proyectos de energía solar (fotovoltaica aislada)
• INFORMACIÓN COMPLETA: Link
DEDUCCIONES FISCALES EN EL IRPF PARA AUTOCONSUMO Y ENERGÍAS RENOVABLES
• DIRIGIDO A: Cualquier contribuyente que haya llevado a cabo en su vivienda de la Comunitat Valenciana una instalación de autoconsumo o de aprovechamiento de energías renovables y que cumpla con los requisitos establecidos en la resolución.
• ÁMBITO GEOFRÁFICO: Comunitat Valenciana
• INVERSIONES DEDUCIBLES:
- Instalaciones de autoconsumo eléctrico: estén equipadas o no con sistemas de acumulación o almacenamiento energético (modalidad Tipo 1 y 2, según Artículo 4 del Real Decreto 900/2015)
- Instalaciones de producción de energía eléctrica: Destinadas a la electrificación de viviendas aisladas de la red eléctrica, y cuya conexión a la misma sea inviable desde el punto de vista técnico, medioambiental y/o económico.
• CARACTERÍSTICAS DE LA DEDUCCIÓN:
- Podrán deducirse un 40% del importe invertido en instalaciones realizadas en la vivienda habitual del contribuyente o en instalaciones colectivas del edificio donde este figure. Siempre que no tenga como finalidad el ejercicio de una actividad económica
- Podrán deducirse un 20% del importe invertido en instalaciones realizadas en segundas residencias. Siempre que estas no se encuentren relacionadas con el ejercicio de una actividad económica.
- Para la aplicación de esta deducción se requerirá una certificación acreditativa de la Administración autonómica (IVACE)
• BASE DE LA DEDUCCIÓN: La base máxima anual de esta deducción se establece en 8.000 euros. No se establecen límites máximos en las bases de tributación del contribuyente.
• PLAZOS: Una vez realizada la inversión, se podrá solicitar la certificación acreditativa en cualquier momento del año, sin esperar a que se inicie la campaña de presentación de la declaración del IRPF del ejercicio correspondiente.
• INFORMACIÓN COMPLETA: Link